Galicia ya tiene Orden de Vedas para la temporada 2020-2021

La Dirección General de Patrimonio Natural de Xunta de Galicia ha publicado este jueves 4 de junio la Orden General de Vedas que regirá las épocas hábiles de caza, las medidas de control por daños y los regímenes especiales por especies durante la campaña 2020/21 en todo el territorio de esta autonomía.
La próxima temporada general se extenderá desde el 18 de octubre de 2020 hasta el 6 de enero de 2021, ambos inclusive.
En esta orden se han recogido algunas de las reclamaciones y planteamientos científicos que algunas de las partes negociadoras aportaron al Comité de Caza. Es el caso de la Mesa Galega, Ategal o la Asociación de Caza Mayor de Galicia, que pidieron la autorización para cazar corzas. Así, esta exigencia ha sido escuchada y recogida en la normativa.
Asimismo, estas entidades han querido reconocer las posturas favorables al control de corzas por parte de las Federaciones de A Coruña y Pontevedra. Por su parte, las delegaciones de Lugo y Ourense no han ido en esta misma línea.
A este respecto, se permitirá la caza de corzas en descaste, mediante la modalidad de rececho (cualquier día de la semana) o en batida o montería (los sábados, domingos y festivos), en el período comprendido entre el 5 de septiembre y el 17 de octubre de 2020. O bien entre el 7 de enero y el 2 de febrero de 2021, siempre a elección de la persona titular del aprovechamiento.
En todo caso, el control de corzas debe justificarse en el correspondiente plan anual de aprovechamiento cinegético, aportando un informe técnico basado en la situación real de la población de esta especie en el tecor, en el que se motive la necesidad de realizar su aprovechamiento.
En la caza del jabalí, que va desde el 22 de agosto de 2020 al 28 de febrero de 2021, se incluye la caza en vedados y zonas de adiestramiento.
Tórtola europea
La caza de la tórtola también estará sometida a ciertas restricciones, tal y como se viene produciendo en la mayoría de órdenes de vedas que se van publicando. En los lugares donde se autorice, el aprovechamiento se deberá llevar a cabo durante cuatro jornadas. Se establece un cupo de 5 ejemplares por persona cazadora y día.