Seis meses de cárcel y 60.000 euros de multa por matar un lobo en Ávila

Concluye con sentencia condenatoria del Juzgado de lo Penal de Ávila, el primer juicio celebrado en nuestro país por el abate ilegal de un lobo, ocurrido durante una montería celebrada en el municipio abulense de Tornadizos, el pasado 29 de noviembre de 2015. Una sentencia contraria a la postura del Ministerio Fiscal, que pedía la absolución de J.R.M.A. y J.L.G.E, por considerar que no existen “indicios contundentes” sobre la autoría de los hechos, sino “sospechas” y ya había pedido el archivo del caso en el mes de enero.
La defensa de los dos acusados aseguraba igualmente que, durante la celebración de la vista oral no hubo “ni un solo indicio acreditado” sobre su participación en los hechos. Los agentes de la Guardia Civil que testificaron, solo pudieron certificar la existencia de una mancha de sangre, marcas de arrastre y pelos de la especie frente al “puesto número 15”, pero la ausencia del cuerpo del animal arrojaba muchas dudas sobre lo sucedido.
Más de 28.000 euros de multa a cada uno
A pesar de ello, el Juzgado ha impuesto condena a los acusados, con multa de 100 euros al día durante ocho meses a cada uno, así como indemnizar “conjunta y solidariamente” con 9.261 euros a la Junta de Castilla y León, que también ejercía la acusación particular en este caso. En total, la multa asciende a 28.630,5 euros para cada uno, que suman 57.261 euros total. J.M.R.A. ha sido inhabilitado durante 3 años, mientras que J.L.G.E., que le acompañaba en la montería y que carecía de licencia de armas, ha sido condenado a 6 meses de cárcel e inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo durante ese mismo tiempo.
Las asociaciones ecologistas Lobo Marley, Ecologistas en Acción y Anadel, conformaban la acusación particular y ahora se congratulan por el resultado del proceso judicial, ya que según manifiestan, “estamos ante una sentencia pionera para el movimiento conservacionista español, pero también histórica para la caza ilegal del lobo, ya que se trata del primer fallo de estas características en España”.