Orden de Vedas de Asturias 2019-20

Aunque incluimos en archivo adjunto la Resolución íntegra, a continuación apuntamos los datos más significativos:
Épocas de la caza mayor
Rebeco macho a rececho: desde el 7 de abril de 2019 hasta el 24 de noviembre de 2019; desde el 25 de enero de 2020 hasta el 22 de febrero de 2020. Rebeco hembra a rececho: desde el primer día hábil de agosto de 2019 hasta el 24 de noviembre de 2020; desde el 25 de enero de 2020 al 22 de febrero de 2020.
Corzo macho a rececho: desde el primer día hábil de abril de 2019 hasta el último día hábil de junio de 2019; desde el primer día hábil de septiembre de 2019 al último día hábil de octubre de 2019. Corzo macho en batida: desde el primer día hábil de septiembre de 2019 hasta el último día hábil de octubre de 2019. Corzo hembra a rececho: desde el 14 de diciembre de 2019 hasta el último día hábil de febrero de 2020. Corzo hembra en batida: desde el primer día hábil de enero de 2020 hasta el 9 de febrero de 2020.
Venado macho a rececho: desde el primer día hábil de septiembre de 2019 hasta el último día hábil de febrero de 2020. Venado hembra a rececho: desde el 4 de mayo de 2019 hasta el último día hábil de febrero de 2020. Venado macho y hembra en batida: desde el primer día hábil de septiembre de 2019 hasta el último día hábil de febrero de 2020.
Gamo en rececho y batida: desde el 12 de octubre de 2019 hasta el 1 de marzo de 2020.
Jabalí a rececho: desde el 14 de abril de 2019 hasta el 23 de febrero de 2020. Jabalí en batida: desde el primer día hábil de septiembre de 2019 hasta el último día hábil de febrero de 2020.
Días hábiles
Rececho con carácter general: todos los días de la semana. Batidas con carácter general: jueves, sábados y domingos (y demás días festivos de carácter nacional, regional o local).
Épocas de la caza menor
Caza menor en general: desde el 20 de octubre de 2019 al 9 de febrero de 2020 ambos inclusive. (En las zonas de prácticas cinegéticas expresamente declaradas se podrá ejercitar la caza menor todo el año).
Zorro, en mano y al salto: desde el 20 de octubre de 2019 al último día hábil de febrero de 2020.
Media veda: desde el primer día hábil de agosto al 18 de agosto de 2019, exclusivamente en aquellos cotos que la soliciten.
Días hábiles
Jueves, domingos y demás festivos de carácter nacional, regional o local (excepto en las zonas de prácticas cinegéticas expresamente declaradas).